El 14 de octubre (hace cuatro días) fue presentado al Congreso de la República, el Proyecto de Ley 368/2011-CR "que modifica los artículos 29°, 34°, 35°, 36° y 37° de la Ley Universitaria N° 23733 referente a la elección universal y directa de las autoridades universitarias"
Este proyecto ha sido impulsado por la bancada oficialista (Gana Perú) incluye las siguientes propuestas de modificación:
1- Atribuir a la Asamblea Universitaria (AU) la capacidad para vacar al Rector o Vicerrectores, mediante el voto a favor de dos tercios de sus integrantes.
2- Potestad (también a la AU) para decidir creación o cambios de facultades, escuelas, institutos y similares.
3- Dos requisitos para ser candidato a Rector o Vicerrector (que tienen que ver con actos judiciales, sanciones y similares)
4- La votación universal por docentes y estudiantes. Los votos de docentes (sólo ordinarios o nombrados) será de dos tercios respecto a la votación de los estudiantes (matriculados en el periodo de la elección)
5- La votación será validada sólo si han votado más del 50% de docentes
6- Eliminar la reelección y la elección cruzada (terminar el periodo de rector y postular a un vicerrectorado o viceversa)
7- La elección de decanos se realizará de manera universal por docentes, estudiantes y graduados (de cada facultad)
8- Para postular al decanato el docente debe tener, por lo menos, diez años de carrera docente, ser profesor principal (con mínimo tres años en dicha categoría) y tener el más alto grado referido a la carrera.
Veremos qué decide el Congreso respecto a este Proyecto de Ley
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