El 2 de setiembre, se presentó el proyecto de Ley 142/2011-CR "Ley que resguarda el derecho fundamental a la educación universitaria sin condicionamiento"
El artículo 2 del proyecto dice: "Quédese prohibido que las universidades públicas y privadas del país condicionen la asistencia a clases, y la evaluación d elos alumnos, al pago de las pensiones u otros durante el ciclo lectivo que se curse"
Argumentos a favor de los estudiantes: la educación es un derecho y se tiene que garantizar su continuidad.
Argumentos a favor de las universidades: dejar de percibir ingresos producto de las pensiones puede significar dificultades para cubrir los gastos operativos de la institución (pago a docentes, proveedores, mantenimiento, etc.)
Considero que un adecuado punto medio sería que las universidades permitan culminar el ciclo en curso a los estudiantes con deuda pendiente y establecer el mecanismo de "control" condicionando la matrícula del siguiente ciclo hasta cancelar la deuda.
De ser así, el presente proyecto de Ley debería ser lo suficientemente claro en ese aspecto, para evitar interpretaciones tendenciosas.
1 comentario:
De acuerdo con la posición de esperar el término del ciclo, pero a la vez tenemos que promover la cultura de pago de todos los peruanos en todas las áreas.
Publicar un comentario